ARUNDA © Alfonso López 

Artículo aparecido en el nº 1 de la revista APYMER en la sección "Información Fiscal"

(SE REPRODUCE COMPLETO)


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Definición 800 x 600

 
NOVISSIMA COMPILATIO INDIGESTA TRIBUTARIA ©Alfonso López
 

Sabido es que en estas fechas finales de año se disparan los índices de publicación de normas fiscales de toda clase y textura, por lo que se hace cada vez más inevitable la creación de un inventario de las mismas. Una pléyade de disposiciones de mayor o menor rango corean, amparan y se agregan a las dos estrellas de este firmamento normativo, cuales son las Leyes de Presupuesto y de Acompañamiento. Esta última, en concreto, es un caso. Con sus 86 artículos, 39 disposiciones adicionales, 9 transitorias, una derogatoria y dos finales, constituye en sí todo un monumento a la complejidad y dispersión normativas, afectando a todo lo habido y por haber, y lo que es peor, legislando sobre adicionales de otras leyes. Evidentemente, toda esta panoplia dispositiva no cabe duda de que limpia, fija y da esplendor al universo tributario, pero cabría preguntarse si toda esta prolijidad no empieza ya a dejar de ser operativa. Si un pequeño o mediano empresario hubiera de aprenderse y considerar en profundidad todo este aluvión de  preceptos e instrucciones, probablemente no tendría tiempo apara atender a su propio negocio, o ya se habrían derogado para cuando fuera a enterarse. Con la mera intención de facilitar un simple guión de estas cuestiones, paso a enumerarlas, y Dios quiera que no se escape nada.
1.  Disposiciones de orden fiscal publicadas entre el 20 de  diciembre de 2000 y el 1 de enero de 2001, excepto las de Aduanas.
1.1 Resolución de 15/12/2000 por la que se aprueba el modelo de comunicación de la situación personal y familiar del perceptor de rentas de trabajo, o de su variación, ante el pagador
1.2 Ley 6/2000 de 13/12/2000, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa
1.3 Orden de 15/12/2000, por la que se aprueba el modelo 341 en pesetas y en euros, de solicitud de reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA
1.4 Real Decreto 3427/2000, de 15/12/2000, por el que se declaran las materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas, calificadas como prioritarias a efectos de lo previsto en la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades
1.5 Orden de 15/12/2000 por la que se aprueba el modelo 190 para el resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF 
1.6 R.D. 3422/2000, por el que se modifica la regulación de las declaraciones censales que han de presentar los empresarios, profesionales y otros obligados tributarios
1.7 Orden de 18/12/00 por la que se modifica las ordenes de 18/11/1999 que aprueban los modelos 193 y 194, la orden  de 26/11/1999 que aprueba el modelo 196 y la orden de 22/12/1999 que aprueba el modelo 198.
1.8 Orden de 18/12/2000 por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión diversos impuestos.
1.9 Orden de 21/12/2000 por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por internet de las declaraciones correspondientes a los modelos 117, 123, 124, 126, 131, 310, 311, 193, 198, 296, 345.
1.10 Orden de 18/12/2000 por la que se aprueba el módulo de valor M para la determinación de los valores de suelo y construcción de los bienes inmuebles de naturaleza urbana en las valoraciones catastrales
1.11 Orden de 27/12/2000 por la que se regulan la presentación de la declaración-resumen anual del IVA, modelos 390 y 392 en pesetas y en euros.
1.12 Reducción del rendimiento neto en estimación objetiva en I.R.P.F. 1999 para determinadas actividades agrícolas en Cataluña, y de índices de cuotas devengadas en  I.V.A. 2000 y 2001 para determinadas actividades ganaderas
2. Aunque la Ley de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa es interesantísima, vamos a centrarnos en la 13/2000 de Presupuestos Generales del Estado (BOE 29-12) y 14/2000 de Medidas (BOE 30-12), haciendo el desglose por impuestos.
2.1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA. 
A) Ley de Presupuestos
2.1.1 Artículo 59. Coeficientes de actualización del valor de adquisición para los bienes inmuebles que se transmitan durante el año 2001
2.1.2 Disposición adicional vigésima quinta. Se prorrogan las escalas del Impuesto establecidas en la Ley 54/1999, de Presupuestos para el año 2000
2.1.3 Disposición transitoria cuarta. Compensación fiscal a los arrendatarios de vivienda habitual en 2000, en los mismos términos que el año anterior.
2.1.4 Disposición transitoria quinta. Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en 2000, en los mismos términos que el año anterior.
2.1.5 Se prorrogan para el año 2001 las actividades y programas prioritarios  de mecenazgo reconocidos en la Ley 54/1999, y se establecen otros nuevos.
B) Ley de Acompañamiento
2.1.6  Articulo l. uno. Regulación de las exenciones en indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, incluyendo las indemnizaciones derivadas de seguros de accidentes.
2.1.7 Artículo l. Dos. Idem respecto a prestaciones por desempleo en su modalidad de pago único, aumentando el importe exento hasta 2.000.000 de pesetas
2.1.8 Articulo 1.Tres.Regulación de una nueva exención por prestaciones recibidas por entierro o sepelio, con el límite del importe total de los gastos incurridos.
2.1.9 Artículo 1.Cuatro Modificación de la obligación de declarar con efectos para la declaración correspondiente al año 2000 (disposición transitoria novena).
2.1.10 Disposición adicional segunda. Aplicación de la nueva deducción por tecnologías de la información y de la comunicación a empresarios personas físicas en régimen de estimación objetiva 
2.1.11 Disposición adicional quinta. Se establecen beneficios fiscales aplicables a "Fórum Universal de las Culturas Barcelona 2000" para los sujetos pasivos que ejerzan actividades económicas en régimen de estimación directa 
2.1.12 Disposición adicional decimoséptima .Se prorrogan los beneficios fiscales aplicables a 11Cartuja 93" hasta el 31 de diciembre de 2001 
2.1.13 Disposición adicional vigésima quinta. Se amplía el plazo para la adaptación de los compromisos por pensiones a la disposición adicional primera de la Ley 8/87, hasta el 16 de noviembre de 2002 
2.1.14 Disposición adicional trigésima quinta. Se reconoce la aplicación de la reducción del 30 por 100 a las prestaciones percibidas a partir del 1 de enero de 2001 derivadas de expedientes de regulación de empleo instrumentados a través de contratos de seguro concertados para dar cumplimiento a lo dispuesto en la disposición transitoria decimocuarta de la Ley 30/1995 
2.1.15  Disposición transitoria séptima. Se prorroga para los años 2000 y 2001 el régimen previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 19/1995, para la transmisión de determinadas fincas rústicas y explotaciones agrícolas 
2.1.16  Disposición derogatoria única, tres Se deroga a partir del 1 de enero de 2004 el artículo 3 de la Ley 39/1997, por la que se aprueba el programa PREVER 
2.2 IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
A) Ley de Acompañamiento: Articulo 5.
2.2.1. Uno. Delimita el concepto de empresario o profesional recogido en el artículo 5.Dos de la Ley 37/1992: 
2.2.2. Dos. Subvenciones vinculadas directamente al precio de las operaciones sujetas al Impuesto.
2.2.3. Tres . Aclara el artículo 91, uno.2 ,número 10º, de la ley del Impuesto
2.2.4. Cuatro. Modifica requisitos subjetivos de la deducción (Art. 93)
2.2.5. Cinco .Aclara  procedimiento de la prorrata general (Art. 105.tres)
2.2.6 Seis. Modifica el régimen de las deducciones previas al inicio (art. 111) para adecuarlo a lo dispuesto en la S.T.J.C.E. de 21 de marzo de 2000. 
2.2.7 Siete y ocho. Modifica la regularización de las deducciones de las cuotas, así como de las cuotas correspondientes a bienes de inversión soportadas con anterioridad al inicio de la realización de las entregas de bienes o prestaciones de servicios. (Artículos 112 y 113)
2.2.8.Nueve.Regula la posibilidad de que los órganos de Gestión Tributaria giren la liquidación provisional que proceda conforme al art. 123 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre. 
2.2.9.Diez.En los procedimientos administrativos y judiciales de ejecución forzosa, se regula la facultad de que disponen los adjudicatarios que sean empresarios o profesionales de: expedir facturas (en nombre y por cuenta del sujeto pasivo) para documentar la operación, repercutir el IVA, presentar la declaración-liquidación e ingresar el importe resultante, y renunciar a las exenciones del articulo 20.Dos en nombre y por cuenta del sujeto pasivo.
2.3. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
A) Ley de Presupuestos Generales del Estado: (Art. 63)
2.3.1 Modifica el grupo 854 de la Sección 1ª "Alquiler de automóviles sin conductor" creándose un nuevo epígrafe: 854.2 "Alquiler de automóviles sin conductor en régimen de "renting".
2.3.2 Crea la Agrupación 45 de la Sección 2ª: "Ingenieros en geodesia y cartografía".
2.3.3 Modifica la Agrupación 71 de la Sección 2~, la cual distingue entre Grupo 711 "Actuarios de seguros" y Grupo 712
"Agentes y corredores de seguros".
2.3.4 Modifica el Grupo 762 de la Sección 2~ que pasa a denominarse "Doctores, licenciados e ingenieros en informática".
2.4. INTERÉS LEGAL DEL DINERO
A) Ley de Presupuestos:
2.4.1 El tipo de interés legal del dinero hasta el 31 de 2001, es del 5,50%.
2.4.2 El interés de demora a que se refiere el art. 58.2 Ley General Tributaria, hasta el 31.12.01  es el 6,5%.
2.5 IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
A) Ley de Presupuestos:
2.5.1 Actualización de la escala de gravamen aplicable para determinar la cuota tributaria en la rehabilitación de grandezas y títulos nobiliarios.
2.6 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
A) Ley de Presupuestos
2.6.1 Artículo 60. Coeficientes de corrección monetaria previstos en el artículo 15.l1.a) de la Ley del Impuesto, aplicables a los períodos impositivos que se inicien durante el año 2001, manteniéndose los criterios establecidos en el 2000 para su aplicación.
2.6.2 Los porcentajes para determinar la cuantía de los pagos fraccionados, respecto de los períodos impositivos que se inicien durante el 2001 establecidos en el artículo 61, son los mismos que los vigentes para los iniciados en el año 2000.
2.6.3.A los efectos de lo previsto en el, se prorroga para el año 2001 el régimen de actividades y programas prioritarios de mecenazgo (artículo 67 de la Ley 30/1994) establecido en la Ley de Presupuestos del año 2000. Ver anexo 7. 
2.6.4 Disposición adicional vigésima. Otras donaciones para promover los servicios por medios informáticos y telemáticos,   ( Internet ), la reparación del Monasterio de Montserrat y determinadas investigaciones científicas.
B) Ley de Acompañamiento.
2.6.5.1.Artículo 2 Uno. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas
2.6.6 Artículo 2 Dos a seis. Régimen especial de fusiones , escisiones, aportaciones de activos y canje de valores.
2.6.7 Artículo 2 Siete Facultades de la Administración Tributaria
2.6.8 Artículo 2  Ocho Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria.
2.6.9. EXENCIONES. La nueva redacción de la letra f) del artículo 9, incorpora al texto de la Ley los organismos públicos mencionados en las disposiciones adicionales novena y décima, apartado 1, de la Ley 6/1997, exentos del Impuesto.
2.6.10. Por la disposición adicional decimosexta: se adscribe a la Agencia Tributaria el Registro Especial del Ministerio de Hacienda de UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS establecido en la Ley 18/1982.
2.7 IMPUESTOS ESPECIALES
A) Ley de Acompañamiento
2.7.1 Apartado 4. Modificación de la Ley 38/92 de Impuestos Especiales. Reducción del 50% en la Base Imponible del impuesto vehículos automóviles entre 5 y 9 plazas para uso exclusivo de familias numerosas.
 


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