Arunda Comercial Encuentros con amigos


Vengan catas
(
Gracias a Andrés y Manolo)

Hotel Maestranza (Ronda) 30-5-2006

El 9 de mayo de 2005, el Diario Oficial de Castilla-La Mancha publicó, mediante una Orden de la Consejería de Agricultura, las normas de producción de los vinos de la denominación de origen Uclés.
El área vitícola delimitada comprende viñedos situados en  municipios de las provincias de Cuenca y Toledo
Los vinos con denominación de origen Uclés únicamente podrán ser obtenidos a partir de uvas de las siguientes variedades tintas: Cencibel (Tempranillo), Cabernet Sauvignon, Merlot, Syrah y Garnacha Tinta.
Por debajo de los 6 años, los viñedos no podrán dar lugar a vinos de la denominación de origen "Uclés".
Los diferentes tipos de vinos tintos que podrán elaborarse en la Denominación Origen de Uclés son:
Vinos jóvenes. La maceración del mosto en presencia de los hollejos tendrá una duración mínima de 4 días. Cuando los vinos jóvenes se sometan a un breve periodo de envejecimiento y se desee emplear o hacer referencia al mismo, dicho periodo no podrá ser inferior a dos meses, debiendo indicarse en el etiquetado el periodo de tiempo en meses que hayan permanecido en barricas, que deberán ser de roble y tener una capacidad máxima de 330 litros.
Vino de crianza. La maceración del mosto en presencia de los hollejos tendrá una duración mínima de 7 días. Envejecimiento no inferior a 2 años naturales, contados a partir de la vendimia, al menos 6 meses en barricas de roble de 330 litros de capacidad máxima, terminando su envejecimiento en botella.
Vino de reserva.La maceración del mosto en presencia de los hollejos tendrá una duración mínima de 7 días. Envejecimiento no inferior a 36 meses, contados a partir de la vendimia, de los cuales, al menos 12, deberán permanecer en barricas de roble de 330 litros de capacidad máxima, terminando su envejecimiento en botella.